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Fidel Kuri frena que Gobierno le quite estadio de los Tiburones Rojos
- Escrito el:: 26 noviembre, 2020
El empresario logró suspensión provisional al presentar demanda de amparo
Luego de interponer una demanda de amparo, el empresario Fidel Kuri Grajales logró que un Juez frenara provisionalmente que el Gobierno de Veracruz lo despoje del estadio Luis “Pirata” Fuente, que fuera hogar del extinto equipo de futbol Los Tiburones Rojos.
Apenas el pasado 19 de noviembre, el Gobierno implementó un operativo para recuperar el estadio y el Centro de Alto Rendimiento, el cual también seguirá en posesión de Kuri mientras se lleva a cabo el juicio de amparo.
El empresario pagó más de un millón de pesos en garantía ante el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en Boca del Río para que surtiera efecto la suspensión provisional.
La jueza Marisol Barajas Cruz, titular del Juzgado tercero de Distrito en el estado de Veracruz con residencia en Boca del Río, fue quien otorgó la suspensión provisional que impedirá que se ejecute el procedimiento administrativo de desalojo sobre los bienes que la Promotora Deportiva del Valle de Orizaba A.C. —propiedad del ex diputado federal— tenía en comodato.
“Se concede a Promotora Deportiva del Valle de Orizaba, Asociación Civil, la suspensión provisional del acto reclamado, única y exclusivamente para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y no se realicen actos de ejecución en el procedimiento administrativo de origen, es decir, que la quejosa no sea desposeída de los bienes que contempla el comodato incluyendo los inmuebles del estadio de futbol ‘Luis Pirata Fuentes’ y el Centro de Alto Rendimiento ubicados en Boca del Río, Veracruz, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva”, se lee en el fallo jurisdiccional.
Para ello, la togada le fijó una garantía total de un millón 125 mil pesos, es decir, 562 mil 500 pesos por cada uno de los inmuebles que el Ejecutivo veracruzano quería retirar al empresario, previendo que la resolución definitiva tome casi 113 días en emitirse.
Se explica que dicho monto, “se fija de manera discrecional, pues en este momento no se cuenta con mayores elementos para determinarla, con el fin de reparar los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a la parte tercera interesada, de no llegarse a obtener sentencia favorable en el juicio principal del que deriva este incidente de suspensión, ni con los elementos suficientes para determinar a cuánto ascienden las prestaciones, asi como los ingresos que percibe la aquí quejosa”.
Además, se tomó en consideración el costo aproximado de la renta del bien inmueble objeto del juicio y que de acuerdo a diversas páginas de internet, el arrendamiento de inmuebles comerciales en Boca del Rio, Veracruz, se encuentra entre los 50 mil y 150 mil pesos, fijándose este último monto como la probable renta del estadio y el centro de alto rendimiento.
Hace días, el Gobierno de Veracruz, a través de la Dirección General de Patrimonio del Estado, procedió a recuperar ambos inmuebles aduciendo que Fidel Kuri había incumplido el convenio de comodato firmado con las administraciones estatales anteriores.
Al respecto, el secretario de Finanzas y Planeación, José Luis Lima Franco, acusó que la Promotora Deportiva del Valle de Orizaba se había beneficiado de usar el estadio y las marcas de los extintos Tiburones Rojos sin pago de rentas.
Y es que precisó que una cláusula del comodato decía que se le entregaba el estado, el logo y el nombre siempre y cuando el equipo permaneciera en primera división, lo cual dejó de ocurrir hace casi un año cuando la Federación Mexicana de Futbol lo desafilió de la primera división.
Además sostuvo que durante este tiempo Kuri Grajales no le dio el mantenimiento adecuado, al tiempo que violó el acuerdo al subarrendarlo junto con el centro de alto rendimiento a otro equipo de otra liga, sin el consentimiento del Gobierno Estatal.
Cabe destacar que este procedimiento de amparo tendrá un tiempo de duración de más de tres meses, por lo que ambas partes deberán esperar el tiempo del procedimiento para que la Juez determine lo correspondiente.